08/03/17

H. Concejo Municipal: Proyecto minuta de comunicación

 

El H.C.M., solicita al D.E.M.,disponga el cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 2521/17, " Eximición de Tributos Municipales a Contribuyentes afectados por la inundación"

 

 

PROYECTO MINUTA DE COMUNICACIÓN

Eximición de Tributos Municipales a Contribuyentes afectados por la inundación

Visto:
              
La Ordenanza 2521/17 referente a la Declaración de Emergencia Hídrica, en la ciudad, y;

Considerando:
              
Que  las lluvias de fin del año pasado y Enero del presente, han dejado consecuencias muy graves en las economías de las familias afectadas por la inundación. A este daño económico se suma al daño psicológico y la necesidad del amparo del estado en todas las situaciones posibles de los afectados;
              
Que las gestiones ante el gobierno provincial y nacional otorgaron respuestas en varios millones de pesos que ya han ingresado e ingresarán a las arcas municipales a fin de paliar esta difícil situación para atención exclusiva de la emergencia. Tanto para ayudar a la ciudadanía durante el largo período de recuperación, como para realizar las obras necesarias que eviten el desborde de los canales pluviales;
              
Que muchos contribuyentes de la ciudad afectados por este fenómeno climático están recibiendo las tasas y tributos municipales sin ningún descuento, a valor cero, ni mensaje que se referencie a la eximición del mismo;
              
Que ante las consultas de los vecinos en las reparticiones municipales,  éstas no dan cuenta de la total vigencia de lo dispuesto en la Ordenanza y del derecho que le asiste al contribuyente, lo cual es una falta grave, y la municipalidad necesita remediarlo inmediatamente, agilizando su aparato burocrático para hacer llegar este beneficio a los afectados por la inundación, siempre atento a lo establecido en los artículos 1ro y 9no, que dicen lo siguiente:

Artículo 1° — Declárase el "Estado de Emergencia Hídrica" en el territorio de la ciudad de Arroyo Seco

Artículo 9º.— Dispónese la eximición total de los tributos municipales a los inmuebles afectados hasta el 31 de Diciembre de 2017.

Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE MINUTA DE COMUNICACIÓN

El H. Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal disponga urgentemente las medidas administrativas correspondientes a fin de implementar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 2521/17 artículo 9, que exime del pago de los tributos municipales a los contribuyentes de los inmuebles afectados por las inundaciones de Diciembre del año pasado y Enero del presente año.


Arroyo Seco, 07 de Marzo de 2017.


Carlos Sanchez                           Daniel Tonelli
Concejal                                         Concejal

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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