04/04/15

H. Concejo Municipal:declaración Nº 664/15

 

El Honorable Concejo Municipal de Arroyo Seco, solicita al Sr.  Gobernador de la Provincia de Santa Fe, articule  la creación de PROGRAMAS PERMANENTES de prevención a adicciones

 

 

DECLARACIÓN Nº 644/15


VISTO: 

El grave conflicto que padece nuestra sociedad en relación a las adicciones,  y 


CONSIDERANDO:


Que  la edad de inicio en este flagelo ha descendido, dando comienzo cada vez a edades mas temprana.

Que los niños  y adolescentes en edad escolar se encuentran expuestos a iniciar el consumo de estupefacientes prohibidos, debido a su poca o nula percepción de los riesgos que los mismos aparejan.-

Que existen estadísticas que indican que cuatro de cada diez estudiantes consumió  drogas, alcohol o tabaco.

Que este panorama exige acciones concretas, eficaces y efectivas por parte del Estado en todos sus estamentos.-

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 tiene entre sus principales propósitos garantizar la equidad en las oportunidades educativas para todos, independientemente de su condición social o pertenencia regional.-

Que los talleres aislados son una importante herramienta para generar conciencia en los niños y jóvenes, sin embargo son insuficientes.-


POR ELLO:                                                                                               
El Honorable Concejo Municipal 
sanciona la presente 

DECLARACIÓN
                                                                                                        

El Honorable Concejo Municipal de Arroyo Seco, solicita al Sr.  Gobernador de la Provincia de Santa Fe, que por intermedio del Ministerio de Educación de la provincia, articule  la creación de PROGRAMAS PERMANENTES tendientes a orientar prácticas educativas  hacia la prevención de adicciones en  todas las modalidades y niveles educativos, como así también acentuar los ya existentes, incluyendo dicha temática en las currículas escolares con la correspondiente formación docente.


SALA DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

31 . 3 - 2015



                                



 

 

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