07/05/15
H. Concejo Municipal: Ordenanza Nº 2354/15
Foto Ilustrativa
Se dispone el LLAMADO a LICITACIÓN PRIVADA para la PROVISIÓN DE ROPA DE TRABAJO Y CALZADO para el personal de maestranza municipal
ORDENANZA 2354/15
VISTO:
La necesidad de proveer ropa y calzado para el personal dependiente de la Dirección de Maestranza, los cuales se ocupan de los trabajos a realizar en el taller mecánico, en albañilería, desmalezamientos, choferes, recolectores de residuos, maquinistas, herreros, cementerio, mantenimiento de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales, barrido y limpieza, parques y paseos.
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Arroyo Seco debe cumplir con las disposiciones establecidas por la Ley N° 19587 "Higiene y Seguridad en el Trabajo", sus modificatorias y reglamentaciones vigentes.
Que la Municipalidad tiene como principal objetivo adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores.
Que la provisión se prevee para las entregas de ropa y calzado de trabajo conforme a las actividades de cada uno de los empleados para el año en curso.
Que según nuestra legislación vigente en materia de contrataciones dispuesta por Ordenanza Municipal N° 645/92, modificada por la Ordenanza N° 927/95, y
Que conforme al monto determinado según Ordenanza N° 2296/14, corresponde efectuar el llamado a Licitación Privada.
Que en tal sentido la Secretaría de Hacienda ha elaborado el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, siguiendo los lineamientos establecidos por las normas que regulan la materia.
Que en uso de las atribuciones que le son propias al Honorable Concejo Municipal conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, corresponde dictar la norma legal que regule el tema planteado,
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE
ORDENANZA:
Artículo 1º: Se dispone el LLAMADO a LICITACIÓN PRIVADA para la PROVISION DE ROPA DE TRABAJO Y CALZADO, conforme el Pliego de Bases y Condiciones Generales - Anexo A- y de Condiciones Particulares - Anexo II - que se aprueban por la presente Ordenanza.
Artículo 2º: El valor estimado por la Secretaría de Hacienda para tal contratación asciende a la suma de CIENTO TREINA Y CINCO MIL ($ 135.000.-)
Articulo 3°: El valor de adquisición del legajo licitatorio se establece en la suma de ciento treinta y cinco ($135.-) Importe que no será reintegrado bajo ningún concepto.
Artículo 4º: El gasto que demande la presente se imputará a la Partida Presupuestaria que determine la Secretaria de Hacienda, Sección Presupuesto
Artículo 5º: Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer el cronograma licitatorio conforme las disposiciones legales vigentes en la materia, como así también a dictar las normas de aplicación que fueran necesarias al fin previsto, debiendo comunicar las mismas al Honorable Concejo Municipal.
Artículo 6º: Comuníquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
05 de mayo 2015