19/08/15

H. Concejo Municipal: proyecto de ordenanza

 

"Reconstrucción y rescate Histórico de la Posta de Arroyo Seco donde pasaron los Generales San Martín y Belgrano"

 

 

PROYECTO DE ORDENANZA



Visto:


El paso del Gral. José de San Martín por la Posta de Arroyo Seco el 2 de Febrero de 1813, y del Gral. Manuel Belgrano el 6 de Febrero de 1812, y;


Considerando:


Que la ciudad de Arroyo Seco cuenta con una rica historia de la época colonial, el proceso de la independencia y hasta la actualidad. Un hito trascendente es el paso de los héroes de la Independencia por el distrito;

Que es bien conocido que desde 1774 existió la Posta de Arroyo Seco ubicada a 6 leguas del Arroyo del Medio, con su Maestro de Posta, lugar para descanso de viajeros, potrero para 50 caballos como mínimo y cría de animales de granja. Formando parte de un sistema de Postas en el camino que unía Buenos Aires con Asunción del Paraguay. 

En la guerra de la Independencia de las Pcias. Unidas del Sud, hoy Argentina, sirvió de base al Gral. Belgrano y su ejército el 6 de Febrero de 1812, días previos al izamiento de la naciente Bandera Argentina en las barrancas del Paraná en Rosario, y al Gral. San Martín con sus Granaderos el 2 de Febrero de 1813 en su marcha hacia el Convento San Carlos de San Lorenzo, el día previo a la batalla contra los realistas donde salió victorioso; 

Que en los registros del Ejército y Granaderos, constan las notas de ambos generales en referencia a la Posta de Arroyo Seco. El Gral. Belgrano en su descanso hace mención al agua dura de la zona y el Gral. José de San Martín que pernoctó en la Posta registró el  recambio de 167 caballos;

Que el Rescate de la ubicación de la Posta es de valor histórico siendo posible gestionar fondos provinciales para la investigación histórica, genealógica y arqueológica dentro del marco institucional para obtener un dictamen especializado para establecer el lugar y proyectar a partir de ello una  señalización y reconstrucción simbólica de atracción turística con proyección regional y nacional;


Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE 

ORDENANZA


Artículo 1°.- Crease el Programa "Rescate Histórico de la Posta de Arroyo Seco llamada Posta de San Martín y paso del Gral. Belgrano"

Artículo 2°.- Declárese de Interés Municipal el Programa llamada Posta de San Martín" determinado en al artículo anterior.

Artículo 3°.- El programa contendrá entre sus objetivos, la ubicación concreta de la Posta de Arroyo Seco por donde descansó el Gral. José de San Martín el 2 de Febrero de 1813, camino a la batalla de San Lorenzo. 
Requiriendo una exhaustiva revisión histórica que produzca un dictamen especializado, sobre el cual la autoridad municipal y comisión de patrimonio histórico determinará la forma y modo de reconstrucción simbólica de la misma, integrándola al Circuito Histórico Regional y Nacional de la gesta de la Independencia Argentina.

Artículo 4°.- Créase la Comisión Municipal de Preservación del Patrimonio Histórico, cuyas atribuciones son propender a la concreción de archivos históricos y patrimoniales de la ciudad junto a la evaluación de la categorización de los lugares e inmuebles propuesto por esta normativa, llevando un Registro Municipal habilitado a tal fin. Su intervención será de carácter consultivo y no vinculante informando al poder legislativo y ejecutivo de la ciudad.

La Comisión Municipal de Preservación del Patrimonio Histórico estará conformada por representantes del DEM, HCM, Instituciones y ONG interesadas en ello, que podrá consultar a los profesionales que considere pertinente a los efectos de fundamentar los estudios, dictámenes y  declaraciones a comunicar a las autoridades correspondientes.

Artículo 5°.- El Departamento Ejecutivo Municipal gestionará ante el gobierno provincial y nacional el apoyo económico, profesional y o fondos que considere imprescindiblemente necesarios y realizará la reconstrucción simbólica de la Posta de Arroyo Seco, como aporte histórico cultural,  abierto a la ciudadanía y el turismo. 
 
Artículo 6º.- El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará los temas no contemplados en la presente.

Artículo 7°.- Crease la Partida Presupuestaria correspondiente en el presente Ejercicio.

Artículo 8°.- Regístrese, comuníquese y archívese.


Arroyo Seco, 18 de Agosto de 2015.


Carlos Sanchez  - Celina Martini  - Daniel  Tonelli                     
                    

 

 

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