20/08/15

H. Concejo Municipal: proyecto de ordenanza

Foto ilustrativa

 

Se aprobó la ordenanza para la construcción de playa de estacionamiento municipal entre las calles H. Yrigoyen, L de la Torre, fondos de inmuebles con frente sobre calle San Martín y Vías del Ferrocarril Mitre

            

 

 

PROYECTO DE ORDENANZA

"Playa de estacionamiento municipal para vehículos en terrenos  ferroviarios en desuso, entre Yrigoyen y L. de la Torre"

Visto:
               
El estacionamiento vehicular en la zona centro de la ciudad, y;

Considerando:

                                  
Que es necesario implementar distintas medidas que colaboren con el ordenamiento vehicular y la fluidez del tránsito seguro en zonas céntricas  perfectamente circunscriptas y próximas a los terrenos ferroviarios, ubicados entre las calles H Yrigoyen, H. Primo, fondos de calle San Martín y vías del ferrocarril;

Que esta solución es complementaria con otras medidas de control municipal que deben implementarse a raíz de la necesidad de evitar la congestión vehicular observada recurrentemente en horas pico de jornadas laborales;

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA

Artículo 1).- Declárese de Interés Público la construcción de Playas Municipales para el Estacionamiento Vehicular, en terrenos ferroviarios en desuso ,situados en el sector comprendido entre las calles H. Yrigoyen, L de la Torre, fondos de inmuebles con frente sobre calle San Martín y demás arterias, y Vías del Ferrocarril Mitre, siempre que fuera jurídicamente posible.-

Artículo 2)- Disponese la concreción del proyecto de obra pública  referenciada en el artículo precedente, la compra de materiales de construcción, señalización y mano de obra correspondiente, en el marco de lo establecido por la Ordenanza de Contrataciones N° 645/92 y sus modificatorias.-

Artículo 3)- La administración de Las Playas de Estacionamiento Vehicular dispuestas en el artículo 1ro podrá ser concesionada a entidades de bien público sin fines de lucro, por un tiempo limitado a 3 años con opción a renovación. Acordando con la autoridad municipal el monto de la tarifa a cobrar por hora o fracción de esta.-

Artículo 4)- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a la Partida Presupuestaria correspondiente

Artículo 5)- El DEM reglamentará todo lo no contemplado en la presente.-

Artículo 6)- Comuníquese, regístrese y archívese.-


Arroyo Seco, 05 de Mayo de 2015.-


Daniel Tonelli, Celina Martini, Carlos Sanchez
Concejales


 

 

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