09/09/15
H. Concejo Municipal: proyecto de ordenanza
Foto archivo arroyonoticias
Se solicita suspender el uso y alquiler de maquinaria municipal a particulares y entidades con "Fines de Lucro"
PROYECTO DE ORDENANZA
"Suspende uso y alquiler de maquinaria municipal a particulares y entidades con Fines de Lucro"
Visto:
Los problemas de puesta en servicio de la Maquinaria Municipal Pesada, y;
Considerando:
Que la cantidad de la maquinaria municipal existente resulta limitada para brindar correctamente los servicios que la población requiere y sobre lo cual aporta a través de la Tasa General de Inmuebles, Tasa Rural y otros servicios como limpieza basura vegetal y otras, provisión y mantenimiento del servicio de Agua Potable y Cloacas;
Que la mayoría de estas maquinarias municipales son modelos atrasados, padecen obsolescencia técnica, exceso de horas trabajadas y problemas de provisión de repuestos. Desde hace tiempo, los problemas de mantenimiento y elevado costo de mano de obra, han dejado a muchas maquinarias sin prestar servicio a la comunidad;
Que estos inconvenientes impiden cumplir con las tareas básicas de sostenimiento del espacio público, mantenimiento de caminos rurales y calles consolidadas del sector urbano, suburbano y ribereño; además de tareas propias de saneamiento y zanjeo en distintos sectores de la ciudad;
Que es necesario suspender el alquiler de estas máquinas a terceros con fines de lucro, dado que existen prestadores privados que pueden cubrir la demanda y es necesario proteger el capital público para cumplir con las tareas propias de la administración y brindar un mejor servicio al vecino que aporta las tasas municipales;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA
Artículo 1)- Suspéndanse los Permisos de Uso de la Maquinaria Municipal pesada o de uso prioritario, contenidos entre los ítems de la Ordenanza N° 2315/14 - Capítulo VII "Permiso de Uso" - Artículo 74 inciso (a), para Empresas y Entidades con Fines de Lucro. Específicamente en los siguientes ítems:
* Uso de máquina motoniveladora.-
* Uso de máquina desmalezadora.-
* Uso de pala mecánica y pala de arrastre hidráulica, con tractor.-
* Uso de retroexcavadora.-
* Uso de tractor.-
* Arrendamiento de viajes de tierra.-
Artículo 2)- La Ordenanza Nº 2315/14 en Capìtulo IV "Permisos de Uso" Artículo Nº 74, comprendido quedará redactado de la siguiente manera:
CAPITULO VII PERMISOS DE USO
Artículo 74º: Estimación de pago por adelantado, sujeto a reajuste:
a)- Por el uso de máquina motoniveladora, por hora ......$ 600.-
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _
Por el uso de máquina desmalezadora, por hora ......$ 200.-
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _
Por mano de obra (sin máquina) limpieza de lotes, por hora y por persona……$ 100.-
Por uso de pala mecánica y pala de arrastre hidraúlica, con tractor, por hora......$ 500.-
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _
Por el uso de retroexcavadora, por hora ...... $ 600.-
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _
Por el uso de máquina tunelera, por hora .......$ 200.- Por el uso de tractor, por hora ......$ 200.-
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _
Por provisión de tanques de agua, por cada viaje .......$ 300.-
Por arrendamiento de viajes de tierra, por cada viaje …....$ 300.- Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _
Por el alquiler de los puestos de kioscos ...... $ 300.-
b)- Por el uso de terrenos de propiedad de la Municipalidad para instalación de parques de diversiones, circos y otros espectáculos; para uso temporáneo, por día y por adelantado…...$ 1.000.-
c)- Para uso permanente con autorización expresa del Honorable Consejo Municipal, adjuntando a las normas de seguridad e higiene y bromatología, se fijan los siguientes montos mensuales a abonar por adelantado, lo que no lo exime del pago del Derecho de Registro e Inspección:
1- Carribar sin mesa………………………………………… $ 200.-
2- Carri-golosinas s/ mesa por mes………………………… $ 80.-
3- Calesitas y juegos…………………………………………… $ 50.-
Artículo 3)- De la suspensión establecida en el artículo 1 de la presente queda excluida de los servicios que la Municipalidad brinde a Instituciones de Bien Público o Sin Fines de Lucro, y en casos de emergencia social o eventos imponderables, debidamente justificados en informados al Concejo Municipal.-
Artículo 4).- La suspensión establecida en el artículo 1 podrá revocarse cuando la flota de maquinas municipales esté reparada, en condiciones operativas y en funciones, habiendo regularizado previamente la totalidad de los servicios que prestan a la población, y los informes técnicos así lo acrediten. Sujeta a previa notificación al Concejo Municipal.
Artículo 5).- Comuníquese, regístrese y archívese.-
Arroyo Seco, 08 de Setiembre de 2015.
Carlos Sanchez Celina Martini Daniel Tonelli
Concejal Concejal Concejal