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09/09/15

H. Concejo Municipal: proyecto de ordenanza

Foto archivo arroyonoticias

 

Se solicita suspender el uso y alquiler de maquinaria municipal a particulares y entidades con "Fines de Lucro"

 

 

PROYECTO DE ORDENANZA
"Suspende uso y alquiler de maquinaria municipal a particulares y entidades con Fines de Lucro"

Visto: 
            
Los problemas de puesta en servicio de la Maquinaria Municipal Pesada, y;

Considerando:

Que la cantidad de la maquinaria municipal existente resulta limitada para brindar correctamente los servicios que la población requiere y sobre lo cual aporta a través de la Tasa General de Inmuebles, Tasa Rural y otros servicios como limpieza basura vegetal y otras, provisión y mantenimiento del servicio de Agua Potable y Cloacas;

Que la mayoría de estas maquinarias municipales son modelos atrasados, padecen obsolescencia técnica, exceso de horas trabajadas y problemas de provisión de repuestos. Desde hace tiempo, los problemas de mantenimiento y elevado costo de mano de obra, han dejado a muchas maquinarias sin prestar servicio a la comunidad; 
 
Que estos inconvenientes impiden cumplir con las tareas básicas de sostenimiento del espacio público, mantenimiento de caminos rurales y calles consolidadas del sector urbano, suburbano y ribereño; además de tareas propias de saneamiento y zanjeo en distintos sectores de la ciudad;

Que es necesario suspender el alquiler de estas máquinas a terceros con fines de lucro, dado que existen prestadores privados que pueden cubrir la demanda y es necesario proteger el capital público para cumplir con las tareas propias de la administración y brindar un mejor servicio al vecino que aporta las tasas municipales;

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA

Artículo 1)- Suspéndanse los Permisos de Uso de la Maquinaria Municipal pesada o de uso prioritario, contenidos entre los ítems de la Ordenanza N° 2315/14 - Capítulo VII "Permiso de Uso" - Artículo 74  inciso (a), para Empresas y Entidades con Fines de Lucro. Específicamente en los siguientes ítems:

* Uso de máquina motoniveladora.-
* Uso de máquina desmalezadora.- 
* Uso de pala mecánica y pala de arrastre hidráulica, con tractor.-
* Uso de retroexcavadora.-
* Uso de tractor.- 
* Arrendamiento de viajes de tierra.-

Artículo 2)- La Ordenanza Nº 2315/14 en Capìtulo IV "Permisos de Uso" Artículo Nº 74, comprendido quedará redactado de la siguiente manera:

CAPITULO VII PERMISOS DE USO

Artículo 74º:   Estimación de pago por adelantado, sujeto a reajuste:

a)- Por el uso de máquina motoniveladora, por hora ......$ 600.- 
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _ 

Por el uso de máquina desmalezadora, por hora ......$ 200.- 
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _ 

Por mano de obra (sin máquina) limpieza de lotes, por hora y por persona……$ 100.- 

Por uso de pala mecánica y pala de arrastre hidraúlica, con tractor, por hora......$ 500.-
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _ 
Por el uso de retroexcavadora, por hora ...... $  600.-
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _ 
Por el uso de máquina tunelera, por hora .......$  200.-                                    Por el uso de tractor, por hora ......$  200.-  
Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _ 
Por provisión de tanques de agua, por cada viaje .......$  300.-
Por arrendamiento de viajes de tierra, por cada viaje …....$  300.- Suspendido a particulares o entidades con fines de lucro por Ordenanza Nº _ _ _ _ / _ _ 
Por el alquiler de los puestos de kioscos ...... $  300.-

b)- Por el uso de terrenos de propiedad de la Municipalidad para instalación de parques de  diversiones, circos y otros espectáculos; para uso temporáneo, por día y por adelantado…...$  1.000.-

c)- Para uso permanente con autorización expresa del Honorable Consejo Municipal, adjuntando a las normas de seguridad e higiene y bromatología, se fijan los siguientes montos mensuales a abonar por adelantado, lo que no lo exime del pago del Derecho de Registro e Inspección:
  
1- Carribar sin mesa………………………………………… $  200.-
2- Carri-golosinas s/ mesa por mes………………………… $   80.-
3- Calesitas y juegos…………………………………………… $   50.-


Artículo 3)- De la suspensión establecida en el artículo 1 de la presente queda excluida de los servicios que la Municipalidad brinde a Instituciones de Bien Público o Sin Fines de Lucro, y en casos de emergencia social o eventos imponderables, debidamente justificados en informados al Concejo Municipal.-

Artículo 4).- La suspensión establecida en el artículo 1 podrá revocarse cuando la flota de maquinas municipales esté reparada, en condiciones operativas y en funciones, habiendo regularizado previamente la totalidad de los servicios que prestan a la población, y los informes técnicos así lo acrediten. Sujeta a previa notificación al Concejo Municipal.

Artículo 5).- Comuníquese, regístrese y archívese.-

Arroyo Seco, 08 de Setiembre de 2015.


              Carlos Sanchez                   Celina Martini                    Daniel  Tonelli                     
                    Concejal                                Concejal                              Concejal

 

 

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