16/09/15

H. Concejo Municipal: proyecto de ordenanza

 

"CÁMARAS DE SEGURIDAD: Creación del registro municipal de cámaras y o sistemas de video vigilancia privada con control sobre espacios públicos"

 

 

PROYECTO DE ORDENANZA


Visto:
               
El sistema de video vigilancia a través de cámaras de seguridad que integra la red pública y la disposición  de cámaras de seguridad privada que observan espacios públicos, y;
Considerando:
                                  
Que la utilización de las nuevas herramientas tecnológicas por parte del Estado, para desarrollar políticas de seguridad pública, es un área en permanente expansión;
                                  
Que los avances técnicos lograron altos niveles de complejidad y permiten el movimiento de información, con datos que fluyen velozmente, haciéndose necesario implementar medidas que garanticen la finalidad de brindar seguridad al ciudadano y crear información válida en los procesos de investigación y justicia, razón por la cual es importante garantizar el derecho al conocimiento desde el Municipio;
                                 
Que en otro sentido, se ha avanzado muchísimo sobre el derecho a la preservación y control del espacio público con resguardo de las garantías constitucionales a los derechos ciudadanos. Haciéndose posible la utilización de las imágenes o sonidos captados por sistemas de video vigilancia privada sobre el espacio público, tal como calles, veredas, parques, paseos, etc., basados en el derecho a la información. A tal efecto y a fin de agilizar los procesos de búsqueda y selección de datos, es de suma importancia contar con un registro de la distribución de las cámaras de vigilancia y sistemas de observación y control privado que visualizan el movimiento sobre la vía o espacios públicos, cuyas imágenes solo pueden utilizarse bajo requerimiento judicial, con la preservación de las garantías individuales y particulares del caso;
                              
Que estos tipos de registro son de gran utilidad y han comenzado implementarse en distintos municipios que incorporan las nuevas tecnologías, resguardan la seguridad de los ciudadanos y respetan las garantías constitucionales;



Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE 

ORDENANZA


Artículo 1º) Créase el registro de sistemas de video vigilancia y o cámaras de seguridad privada que controlan espacios públicos. Con acceso restringido a las autoridades públicas y las reservas correspondientes al derecho privado.

Artículo 2º) Dispònese un plazo de 120 días para el cumplimiento del artículo anterior a fin de informar y registrar a los titulares de los sistemas de seguridad  privada sobre sus derechos, obligaciones y garantías constitucionales.

Artículo 3º) El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará lo no dispuesto en la presente.

Artículo 4º) De forma.-


Arroyo Seco, 15 de Setiembre de 2015.-


Carlos Sanchez - Celina Martini - Daniel  Tonelli 

Concejales FPC y S                  
                    

 

 

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