23/10/15

Comenzó la veda electoral: qué se puede hacer y qué no

 

Después de un mes de intensa campaña, las fuerzas políticas ingresaron desde las ocho de la mañana de este viernes en el período de veda electoral....

 

 

Qué dice el Código Electoral

Con el fin de asegurar el normal desarrollo de los comicios, el Código Electoral Nacional establece la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales. También está prohibida la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

Además, durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben los espectáculos populares al aire libre como en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas, como toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

Al igual que en otras elecciones, se suspenderá el expendió de bebidas alcohólicas a partir de las 0 del domingo, que es la hora en que también se corta cualquier tipo de actividad pública y masiva. En bares o restaurantes tampoco se puede vender alcohol.

Asimismo, los ciudadanos que no la respeten podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

 

 

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