16/08/16
H. Concejo Municipal: proyecto de ordenanza
El H.C.M., solicita al D.E.M., la incorporación de PLACEROS para el mantenimiento, cuidado, control y vigilancia de los distintos espacios verdes públicos, plazas, parques y paseos de la ciudad
PROYECTO DE ORDENANZA
"Incorpora "PLACEROS" en los espacios verdes de la ciudad"
Visto:
La necesidad de preservación ciudadana de plazas y espacios verdes de la ciudad, y;
Considerando:
Que los espacios públicos son de utilidad pública, por estructura y origen tienen el carácter de invitar y promover hábitos sociales de encuentro, convivencia y la promoción de actividades culturales, deportivas, religiosas y otras, para que la ciudadanía se apropie y disfrute de estos espacios;
Que nuevos factores de la vida moderna incorporaron a estos lugares, y a ciertos horarios, situaciones de inseguridad y vandalismo, empañando el objetivo y la finalidad propia de estos lugares;
Que la importancia de la promoción de las buenas costumbres y cuidado del espacio común resalta la figura del Placero, como aquel agente municipal con carácter de guardador y cuidador de espacios verdes municipales. Siendo esta figura la base para incorporar valor a lo que es de todos a través de los mandatos y el apoyo de la administración pública;
Que la redefinición e implementación del Placero tiene el objetivo de garantizar una presencia capacitada en la preservación del patrimonio cultural y natural, la prevención de accidentes y seguridad para todos los concurrentes, control de relaciones públicas, con elementos y entrenamiento en la comunicación permanente con caminantes y agentes de seguridad y control urbano, tanto sea la GUM, Policía y otros;
Que la implementación progresiva del Placero en los espacios públicos locales contribuirá a lograr más seguridad, preservación de los bienes públicos, tránsito y concurrencia ciudadana. Sumando a otras iniciativas conjuntas que ya habilita la Ordenanza 2088/12 de padrinazgo de espacios verdes en la ciudad de Arroyo Seco;
Que este cuerpo legisla según atribuciones conferidas por la LOM Nº 2756;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA
Artículo 1)- Establézcase en el ámbito de la Municipalidad de Arroyo Seco, la figura del "Placero", para cumplir a su cargo funciones de guardian y cuidador de espacios verdes públicos, en las plazas, parques y paseos de la ciudad;
Artículo 2)- Funciones:
a- Cuidado y mantenimiento del espacio verde, equipamiento y parquizado, difusión y promoción del cuidado y las buenas costumbres ciudadanas de inclusión y respeto por el bien común, relaciones públicas y comunicacionales.
b- Vigilancia y control del espacio de uso público, con aviso y comunicación directa con las reparticiones municipales de control, agentes de seguridad y guardia urbana.
Artículo 3)- Requisitos mínimos:
a- El Placero deberá contar con capacitación y herramientas necesarias para realizar las tareas y funciones vinculadas a todo lo establecido en el artículo anterior, que serán provistos por la Administración Municipal, en especial elementos de comunicación que permita el contacto permanente con dependencia municipales, sistema de emergencia, bomberos y reparticiones policiales.
Artículo 4)- Los placeros portarán la indumentaria adecuada que identifique su condición de agente municipal que será provisto por el DEM.
Artículo 5)- A partir de la sanción de la presente la Administración dispondrá del tiempo necesario para la capacitación y preparación del personal adecuado para cumplir la función de Placero, tiempo que no deberá exceder los 6 meses. Siendo prioridad la Plaza 9 de Julio, Plaza San Martín y Bulevar Mansueto Maiorano para su implementación progresiva según las necesidades y posibilidades en los distintos espacios públicos de la ciudad.
Artículo 6)- El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará todo lo no previsto en la presente.
Artículo 7)- De forma.
Arroyo Seco, 16 de Agosto de 2016.-
Carlos Sanchez Daniel Tonelli
Concejal Concejal