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21/09/16

H. Concejo Municipal: proyecto de ordenanza

 

El H.C.M. sanciona solicita un "Registro municipal de cámaras y sistemas de video vigilancia privada con control sobre espacios públicos"

 

 

PROYECTO DE ORDENANZA

"Registro municipal de cámaras y sistemas de video vigilancia privada con control sobre espacios públicos"

Visto: 
              
El sistema de video vigilancia de la red pública y los distintos sistemas de  cámaras de seguridad privada que observan espacios públicos, y;

Considerando:
                                  
Que la inclusión de nuevas herramientas tecnológicas por parte del Estado, promueve el desarrollo de políticas de seguridad pública y es un área en permanente expansión;
                                  
Que los avances técnicos lograron altos niveles de complejidad y permiten el movimiento de información, con datos que fluyen velozmente, haciéndose necesario implementar medidas que garanticen la finalidad de brindar seguridad al ciudadano y crear información válida en los procesos de investigación y justicia, razón por la cual es importante garantizar el derecho al conocimiento desde el Municipio;
                                 
Que en otro sentido, se ha avanzado muchísimo sobre el derecho a la preservación y control del espacio público con resguardo de las garantías constitucionales a los derechos ciudadanos. Haciéndose posible la utilización de las imágenes o sonidos captados por sistemas de video vigilancia privada sobre el espacio público, tal como calles, veredas, parques, paseos, etc., basados en el derecho a la información. 
A tal efecto y a fin de agilizar los procesos de búsqueda y selección de datos, es de suma importancia contar con un registro de la distribución de las cámaras de vigilancia y sistemas de observación y control privado que visualizan el movimiento sobre la vía o espacios públicos, cuyas imágenes solo pueden utilizarse bajo requerimiento judicial, con la preservación de las garantías individuales y particulares del caso;
                              
Que estos tipos de registro son de gran utilidad y han comenzado implementarse en distintos municipios que incorporan las nuevas tecnologías, resguardan la seguridad de los ciudadanos y respetan las garantías constitucionales;

Por ello:                     
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA

Artículo 1º) Créase el registro de sistemas de video vigilancia y o cámaras de seguridad privada que controlan espacios públicos.

Artículo 2º)- Referente al registro creado en el artículo 1º, se dispone acceso restringido a las autoridades públicas y todas las reservas del derecho privado.

Artículo 3º) Dispònese un plazo de 120 días para el cumplimiento del artículo 1º a fin de informar y registrar a los titulares de los sistemas de seguridad  privada sobre los alcances de la presente y los derechos, obligaciones y garantías constitucionales.

Artículo 4º) El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará lo no dispuesto en la presente.

Artículo 5º) De forma.-


Arroyo Seco, 20 de Setiembre de 2016.-

                                Carlos Sanchez                                     Daniel  Tonelli                     
                                    Concejal                                                   Concejal

 

 

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