09/11/16

H. Concejo Municipal: proyecto de ordenanza

 

El H.C.M., solicita la instalación de Resalto o Reductor de Velocidad y semáforo sobre calle Belgrano y 9 de Julio

 

 

PROYECTO DE ORDENANZA

Resalto o Reductor de Velocidad con Paso Peatonal en calle Belgrano y proximidad con calle 9 de Julio

Visto:
            
La sucesión de accidentes viales en la esquina de Belgrano y 9 de Julio, y;

Considerando:
                               
Que la preocupación ciudadana sobre la inseguridad vial en una de las esquinas más transitadas, del casco histórico y neurálgico de la ciudad, la intersección de las calles Belgrano y 9 de Julio, es una realidad que golpea permanentemente en los hogares de las personas lesionadas y los registros accidentológicos de los últimos años;

                               
Qué argumentos tales como el incremento del tránsito vehicular, el paso peatonal, la elevada concurrencia en la plaza 9 de Julio, en distintos horarios, y los episodios de accidentes en la vía pública con graves consecuencias en la zona es casi regular, a pesar de los semáforos que funcionan en las esquinas a 100 metros de cada lado sobre calle Belgrano; 

                               
Que según lo dispuesto en las normas viales se define, el Reductor de Velocidad como un Dispositivo consistente en una sobreelevación transversal de la calzada, con dimensiones normalizadas y acompañado de señalización vertical y horizontal de prevención, cuyo fin es obligar a una reducción de la velocidad vehicular en ciertos cruces o tramos de arterias considerados peligrosos;

                              
Que este cuerpo legisla según atribuciones conferidas por la LOM 2756;

Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA

Artículo 1)- Disponese la instalación de un resalto o reductor de velocidad del tipo apropiado para el Paso Peatonal Elevado y señaletica, en calle Belgrano y proximidades de intersección con calle 9 de Julio.

Artículo 2)- Disponese la instalación de un Semáforo de 2 tiempos en la intersección de las calles Belgrano y 9 de Julio.

Artículo 3)- El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Dirección de Tránsito Municipal realizará los estudios correspondientes para la concreción de lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la presente.-

Artículo 4)- La señalización de los dispositivos viales  incorporará la prioridad de paso vehicular.

Artículo 5)- El gasto que demande la implementación de la presente sera imputada a la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 6) - Comuníquese, regístrese y archívese.


Arroyo Seco, 08 de Noviembre de 2016.-



Carlos Sanchez                                                 Daniel Tonelli
Concejal                                                             Concejal

 

 

 

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