Para iniciar la inscripción deben ingresar a www.santafe.gob.ar/habitat y luego buscar el apartado "Registro Digital de Acceso a la Vivienda" donde podrán realizar el trámite.
Cualquier persona puede inscribirse mientras sea mayor de 18 años, que resida o trabaje en la provincia de Santa Fe como mínimo desde hace 2 años.
Requisitos:
-Registrarse como usuario del sistema Número de CUIL (Código Único de Identificación Laboral)
-Poseer una cuenta de correo electrónico.
-Declarar los integrantes del grupo familiar.
-Declarar los ingresos demostrables de cada miembro del grupo familiar.
-En caso de que alguno de los miembros del grupo familiar posea algún tipo de discapacidad, deberá tramitar el Certificado Único de Discapacidad emitido por la provincia de Santa Fe.
Desde Hánitat de Santa Fe aclaran que el trámite es gratuito y puede realizarse desde cualquier computadora de escritorio o netbook.
No osbtante, reocmiendan utilizar el navegador Mozilla Firefox para poder visualizar correctamente todos los pasos necesarios para la inscripción. No podrá completar el trámite si utiliza programas como Internet Explorer, Google Chrome u otros.
El esquema de plantea además una serie de cupos que deben completarse en cada adjudicación:
-Cupo para Bomberos Voluntarios: De acuerdo a la demanda, se debe contar con una permanencia mínima de 5 años como bombero activo.
-Cupo para Fuerzas de Seguridad provinciales: Comprende a policías y a trabajadores del servicio penitenciario de la provincia de Santa Fe. El 20% del total de cada plan habitacionales se adjudica a este cupo.
-Cupo para Ex Combatientes de Malvinas: La Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo adjudica sin costo viviendas a todo el que acredite su condición de soldado conscripto, suboficial o civil ex combatiente del conflicto del Atlántico Sur, que se desarrolló entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.
-Cupo de Discapacidad Motriz y Otra Discapacidad: En todo plan de lotes y viviendas se establece un cupo del 5% para grupos familiares en los cuales haya algún integrante con discapacidad motriz y otro 5% para los que sufran otra discapacidad. En ambos casos, debe acreditarse la afección mediante el Certificado Único de Discapacidad emitido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe a través de las Juntas Evaluadoras dependientes de la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad.
Además, difundieron un coreo electrónica donde los intetresados pueden evacuar sus dudas. registrovivienda@santafe.gob.ar