26/08/17

H. Concejo Municipal: proyecto minuta de comunicación

 

Pedido de Informe sobre cumplimiento de la ordenanza 2553/17 que prohíbe temporalmente el inicio de apremios y o intimaciones prejudiciales de Ejecutores Fiscales a Contribuyentes 

 

 

PROYECTO MINUTA DE COMUNICACIÓN

Pedido de Informe sobre cumplimiento de la ordenanza 2553/17 que prohíbe temporalmente el inicio de apremios y o intimaciones prejudiciales de Ejecutores Fiscales a Contribuyentes 

Visto:
               
La Ordenanza 2553/17, y;

Considerando:
                                
La normativa de referencia establece la suspensión del inicio de acciones judiciales e intimaciones prejudiciales por parte de los ejecutores fiscales municipales. Ratificada por Ordenanza 2563/17 que rechaza el veto del Departamento Ejecutivo Municipal a la misma, en base a una argumentación debidamente expresada, la cual fue emanada de este cuerpo legislativo el 4 de Julio e ingresada el 5 de Julio del presente año por Mesa de Entrada Municipal. Quedando firme lo dispuesto en la Ordenanza 2553/17;

Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE MINUTA DE COMUNICACIÓN

El Honorable Concejo Municipal requiere al Intendente Municipal que a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos y o Secretaría de Hacienda, envíe en forma detallada lo siguiente:

Informe: Si a partir del 20 de Julio del corriente se han iniciado juicios de apremio por parte del municipio a través de los ejecutores fiscales, y en su caso indiquen fecha de inicio de la demanda, contribuyentes demandados y ejecutor fiscal actuante; como así también, si se han enviado intimaciones prejudiciales a través de los ejecutores fiscales y en su caso indique contribuyentes intimados y ejecutor actuante.

Arroyo Seco, 18 de Agosto de 2017.-

Carlos Sanchez                                 Daniel Tonelli
                Concejal                                             Concejal

 

 

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