El incremento del 18% se abonará en dos cuotas, la primera del 10% en el mes de Marzo y el 8% restante en el mes de Agosto. Estos incrementos están sujetos a la aplicación de la cláusula gatillo directa, cuando sean superados por el Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC).
En ese marco también se resolvió establecer un incremento mínimo de bolsillo de $ 2800, los que se abonarán en dos tramos de $ 1500 y $ 1300 respectivamente en los mismos meses en que se efectivizan las cuotas del aumento salarial. Estos valores también quedan sujetos a revisión automática con la cláusula gatillo.
De esta forma el salario mínimo garantizado se ubica en $ 15.108 excluyendo Asignaciones Familiares, Horas Extras y Presentismo, lo que implica un incremento del 22,7% sobre las categorías de ingreso, siempre sujeto a las modificaciones que se disparen por la aplicación de la cláusula gatillo.
Fuente y foto: FESTRAM