16/04/20

Fighiera: uso obligatorio de elementos de protección facial

 

 

 

La Comuna de Fighiera informa su adhesión al Decreto 0347/20 del Gobierno de la Provincia de Santa Fe que establece el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón, durante la realización de actividades o circulación autorizadas en virtud de las excepciones a la disposiciones legales vigentes de aislamiento social, preventivo y obligatorio, en los siguientes ámbitos y circunstancias:

a) vehículos del transporte público de pasajeros, taxis y remises;

b) para el ingreso y permanencia en los locales comerciales, dependencias de atención al público en reparticiones oficiales, entidades financieras u otros casos en que la misma estuviere permitida, en especial cuando no fuere posible garantizar el aislamiento social, incluidas las filas de personas que se formen al efecto;

c) actividades de entregas autorizadas de productos y a quienes los reciban, en el acto en que se produce la entrega.

La obligatoriedad es independiente del cumplimiento de las medidas de higiene y prevención que impone la emergencia; y subsistirá mientras rija el aislamiento social, preventivo y obligatorio. Y la autoridad policial a la que se le denuncie o verifique por sí el incumplimiento de este decreto, instruirá el sumario contravencional correspondiente.

Además, se RECOMIENDA el uso de estos elementos de protección de nariz, boca y mentón en cualquier otro ámbito o circunstancias diferentes a las indicadas anteriormente.

 

 

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