05/06/20

Arroyo Seco: actividades y horarios permitidos

 

A partir del 8 de junio

 

 

La Municipalidad de Arroyo Seco público el Decreto Nro 302 referido a las actividades y rubros exceptuados del"Aislamiento, Social, Preventivo y Obligatorio" y las nuevas disposiciones Nacionales y Provinciales en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19, entrará en vigencia a las 00.00 del día 8 de junio






Los empleadores excepcionados por la normativa nacional, deberán adoptar,implementar y publicar en un lugar visible establecimiento un Protocolo de Seguridad e Higiene en conjunto con su Servicio de Medicina del Trabajo e informando al Comité
Mixto de Salud y Seguridad o Delegado de Prevención, en un todo conforme con la Resolución Nro 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Fe, de la provincia de Santa Fe, bajo apercibimiento de ley.

El Artículo 4 : fue modificado estableciendo que:
"Se dispone autorizar la apertura, con sujeción a las condiciones de implementación y cumplimiento de los protocolos establecidos, en seguimiento de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria, de las siguientes actividades, saber:
● Permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social- Lotería de Santa Fe, de lunes a sábados de 10 a 20 hs.
● Actividad aseguradora, a puertas cerradas, con la dotación mínima de personal necesario, con ingreso a las oficinas de personas ajenas con turno previo en los casos en que fuere indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera remota. La misma deberá desarrollarse de lunes a viernes de 9 a 19hs.

● Actividades de cobranza a domicilio, de lunes a sábados de 8 a 19hs.

 

 

Desarrollado por Rodrigo Guidetti