18/11/20

Diputados aprobó el proyecto de Ley de Aporte Solidario y Extraordinario

 

El proyecto fue aprobado con 133 fotos a favor, será enviado al Senado

 

 

La Cámara de Diputados aprobó y envió al Senado el proyecto de Ley que establece la creación de un Aporte Solidario y Extraordinario para los patrimonios superiores a los 200 millones de pesos, con el fin de recaudar $300 mil millones para volcar a planes productivos y sanitarios.

Tras un debate de trece horas -se inició a las 14,30 del martes-, el oficialismo consiguió 133 votos para aprobar el proyecto con el apoyo de representantes de bloques provinciales.

En tanto que Juntos por el Cambio encolumnó a 115 diputados detrás del rechazo, entre ellos la representante del Movimiento Popular Neuquino y la lavagnista Graciela Camaño.

Los dos diputados de la Izquierda se abstuvieron al momento de votar, en tanto que se registraron cinco ausencias.

El proyecto

El proyecto de Aporte Solidario y Extraordinario alcanzaría a menos de 10 mil personas, según la AFIP, es decir 0,8% del total de los contribuyentes que presentaron declaración jurada de bienes personales.

La recaudación se destinará a comprar equipamiento de salud para atender la pandemia, apoyar a las PyMEs con subsidios y créditos, urbanizar los barrios populares con obras que empleen a las/os vecinas/os de cada barrio, hacer obras y equipar a YPF para producir y envasar gas natural y financiar un relanzamiento del plan Progresar para que las/os jóvenes puedan seguir estudiando.

El proyecto de Ley de Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas contempla los siguientes aspectos:

• Se prevé el cobro, por única vez, de una tasa del 2 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de 200 millones de pesos.

• La recaudación de ese aporte se destinará en un 20% a la compra y/o elaboración de equipamiento e insumos críticos para la emergencia sanitaria, 20% a las pymes, 15% a los programas para el desarrollo de los barrios populares, 20% a becas al programa integral de becas Progresar y 25% a programas de exploración y desarrollo de gas natural, a través de Enarsa, según establece el proyecto.

• Se fija que la tasa se elevará al 2,25% en casos de fortunas entre 300 y 400 millones de pesos, al 2,50% entre 400 y 600 millones y al 2,75% en la franja de 600 a 800 millones.

• La tasa subirá al 3% cuando los patrimonios oscilen entre 800 y 1.500 millones, al 3,25% para fortunas de 1,500 millones de pesos a 3.000 millones y, a partir de esa cifra, será del 3,5%.

• El total de bienes en el exterior se tributará un recargo del 50% sobre la alícuota que le correspondiera; pero si la persona trae el 30% de las tenencias financieras que tiene declaradas afuera, el diferencial se elimina y paga por todo como si lo tuviera en el país.

• Según la base de datos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre los contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales, 253 personas humanas con bienes declarados en el país y en el exterior por una suma mayor a los 3000 millones de pesos realizarían el 50% del aporte total.

• La AFIP espera recaudar $307.000 millones (1,1% del PBI del corriente año), que alcanzaría a un universo potencial de 9.298 personas.

Proyecto de Ley que prohíbe por 60 años la venta de terrenos incendiados

La Cámara de Diputados también aprobó y giró en revisión al Senado el proyecto de ley que protege los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales y prohíbe la venta de terrenos incendiados en plazos que van de 30 a 60 años, para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios


El proyecto reforma la Ley 26.815 del Manejo del Fuego y establece que "no se podrá cambiar el uso de esas zonas para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio".

El texto remarca que ese uso no podrá ser modificado por el término de 60 años para que "los bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales" tengan garantizadas las "condiciones para la restauración de las superficies incendiadas"

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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