10/04/21
Las elecciones provinciales serán simultáneas con las nacionales
El Gobernador también reglamentó la Ley de Paridad de Género
El gobernador Omar Perotti firmó el decreto con la convocatoria a elecciones en Santa Fe de manera simultánea con el cronograma nacional y además, con paridad de género en todo el territorio provincial. Así lo estableció en el Decreto 279 que firmó este viernes. El texto establece la realización "simultánea y conjunta de elecciones municipales y comunales con los comicios para la elección de cargos nacionales".
Se fijó el día 24 de octubre de 2021 para la realización de la elección general a los fines de la cobertura de cargos municipales y comunales. En tanto, se establece el 8 de agosto para las primarias.
El decreto de Perotti aclara que "en caso de producirse modificaciones en relación a las fechas de realización de las elecciones nacionales, se reajustarán a los efectos de mantener la simultaneidad de las convocatorias".
El ministro de Gobierno Roberto Sukerman adelantó este viernes a La Capital que la provincia tiene "una fecha que en principio serían el 8 de agosto las primarias y el 24 de octubre las generales, que puede llegar a postergarse porque si Nación decide posponer las primarias a septiembre y generales a noviembre, nosotros vamos a adherir; pero el decreto sale con las fechas que tenemos hoy y antes del sábado".
Ya se puede consultar el padrón provisorio para las elecciones legislativas de 2021 a través del sitio web de la Cámara Nacional Electoral.
Debuta la paridad de género
El llamado a elecciones además se realiza con "el principio de paridad de género". De esta manera será la primera vez que se aplicará la ley provincial Nº 14.002.
En ese sentido, "las de listas deberán estar integradas por candidatas y candidatos de manera intercalada, en forma alterna y consecutiva, desde la primera o el primer titular hasta la última o último suplente, de modo tal que no haya dos personas continuas del mismo género en una lista para la conformación de cuerpos colegiados, candidaturas a cargos electivos ejecutivos o unipersonales, ternas o nóminas de designación y estructuras orgánicas".
La reglamentación de la Ley de Paridad de Género, que fue aprobada por la legislatura en octubre del año pasado, consagra la paridad de género para los cargos electivos y no electivos en los tres poderes del Estado santafesino, con una integración del 50% para hombres y mujeres. La norma que también se hace extensiva a partidos políticos, asociaciones, consejos y colegios profesionales.
En las elecciones intermedias de este año, la paridad será exigible en la conformación de las listas de concejales en cincuenta ciudades de la provincia en el que se renuevan autoridades legislativas locales.
Ya se puede consultar el padrón provisorio para las elecciones legislativas de 2021 a través del sitio web de la Cámara Nacional Electoral.
El cronograma nacional está en discusión en el Congreso de la Nación a partir de una propuesta del Poder Ejecutivo para postergarlas "por única vez" a septiembre y noviembre próximos por la segunda ola de coronavirus, atento al actual incremento de contagios.
Qué se elige en la provincia de Santa Fe
En la provincia de Santa Fe se eligen en este turno electoral 14 intendentes, la totalidad de las presidencias de comunas y se renuevan por mitades los Concejos Deliberantes de todas las ciudades del distrito.
SOBRE LA LEY
La Ley de Paridad de Género fue aprobada por la Legislatura el año pasado y, tras una enmienda propositiva del Poder Ejecutivo, consagra la paridad de género para los cargos electivos y no electivos en los tres poderes del Estado santafesino, incluyendo la fórmula de gobernador/a- vice. La norma también se hace extensiva a partidos políticos, asociaciones, consejos y colegios profesionales.
Al establecer que, ante las vacancias que se generen en el ámbito legislativo, de los cargos electivos, los reemplazos se guiarán por las acciones afirmativas del artículo 37 de la Constitución Nacional, la reglamentación resuelve la laguna que tenía la ley de paridad nacional, permitiendo que, una mujer pueda reemplazar a un varón a los fines de garantizar la integración paritaria que el órgano debe tener en su composición.