08/07/21

Ya rige el cupo laboral travesti-trans

 

El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto de promulgación de la Ley -Diana Sacayán-Lohana Berkins-

 

 

El Gobierno nacional oficializó este jueves la promulgación de la Ley 27.636 de Promoción al Empleo para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 440/2021, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

La ley contempla aspectos como "la identidad de género; el libre desarrollo personal; la igualdad real de derechos y oportunidades; la no discriminación; el trabajo digno y productivo; y la educación".

También abarca cuestiones como "la seguridad social; el respeto por la dignidad; y la privacidad, intimidad y libertad de pensamiento".

Este miércoles, al promulgar la norma, el presidente Alberto Fernández aseguró que aunque "hay quienes creen que dar derechos es un problema porque rompe el status quo" y remarcó que "la mejor Argentina" es aquella que los brinda.

En un acto que se celebró este miércoles a mediodía en la Casa Rosada, el Jefe de Estado formalizó la norma que lleva el nombre de Diana Sacayán y Lohana Berkins, que contempla, entre otras reivindicaciones, que los tres poderes del Estado nacional, los ministerios públicos y demás organismos deben ocupar una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal con personas de ese colectivo.

"Hay quienes creen que dar derechos es un problema porque rompe el status quo, creen que es mejor un país con derechos para algunos", dijo Fernández y señaló que desde que el Frente de Todos llegó al Gobierno, se propuso la "ampliación" de los mismos.

En ese sentido, dijo que "una sociedad que descarta a su gente, es una horrible sociedad" y que, en cambio, "la mejor Argentina es la que da derechos".

Además dijo que cada paso en la ampliación convierte a todos en "una mejor sociedad, una mejor comunidad".

Ley "Diana Sacayán-Lohana Berkins"

La ley contempla, entre otras reivindicaciones, que los tres poderes del Estado nacional, los ministerios públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales y las empresas y sociedades del Estado deben ocupar una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal con personas de ese colectivo.

"La normativa, votada en el Congreso, convirtió en ley una política pública implementada por el presidente Fernández, quien a través del decreto 721/20 ya había establecido el Cupo Laboral Travesti-Trans en el Sector Público Nacional", se indica en un comunicado oficial.

La misma lleva el nombre de "Diana Sacayán-Lohana Berkins" en conmemoración de sus impulsoras, junto con las organizaciones LGBTI+ y defensoras de los derechos humanos.

"La ley constituye un paso fundamental en la reparación de las desigualdades históricas y estructurales que existen en la sociedad respecto a la población travesti-trans", se agregó.

La normativa prevé a su vez incentivos para que también el sector privado que cumpla con esta normativa y promueve líneas de acceso al crédito desde el Banco de la Nación de la República Argentina para esta población.

Además, determina que el requisito de terminalidad educativa no puede resultar obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo, y que si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación, se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos y finalizarlos.

El pasado 24 de junio, el Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, durante una sesión en la que oficialismo y oposición respaldaron la propuesta de manera unificada al considerarla "reparadora de derechos".

El proyecto obtuvo 55 votos a favor y 1 en contra, mientras seis legisladores decidieron abstenerse.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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