13/09/23

Massa anunció un programa de devolución de IVA sobre artículos de la Canasta Básica

 

 

 

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció a creación del Programa de Compre sin IVA que implicará la devolución del IVA del 21% del total de la Canasta Basica para 9 millones de trabajadores que cobran salarios de hasta $708.000, monotributistas, trabajadores de casas particulares y AUH.

En un mensaje desde el Palacio de Hacienda, Massa señaló que continuará la devolución vigente a 7 millones de jubilados y beneficiarios de subsidios.

El ministro anunció que el IVA se devolverá a las 48 horas de realizada la compra con un tope de hasta $18.800 a lo largo del mes.

Para la implementación del programa, el ministro instruyó a la Administración Federal de Ingresos Públicos "para que establezca de manera sistémica y automática por resolución un beneficio para que alcanzará a millones de argentinos".

Créditos con cuotas fijas y tasa del 50%

Massa adelantó que "a partir del lunes los trabajadores van a tener disponible un programa de créditos de hasta 400 mil pesos a devolver en 24, 36 y 48 meses con cuota fija y tasa del 50%", al presentar nuevas medidas para recuperar ingresos.

Beneficios para PAMI

Además, anunció una ampliación en el refuerzo alimentario del PAMI hasta los $15.000 por mes en septiembre, octubre y noviembre.

Nuevo mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias

El Gobierno formalizó el incremento, a partir del 1 de octubre próximo, del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles mensuales, para el segundo semestre del período fiscal 2023, a través del decreto 473/2023 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

El mismo estableció que "para el segundo semestre del período fiscal 2023, el monto de la remuneración o del haber bruto" que se toma en cuenta como mínimo no imponible de Ganancias "ascenderá a una suma mensual equivalente, conforme el monto que esté vigente el 1 de octubre de 2023, a quince salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM)".

El decreto también indicó que el nuevo mínimo no imponible deberá ser considerado a los efectos del cálculo de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC).

Para ello, se encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a incrementar los importes de la escala progresiva, con efectos para el período comprendido desde la entrada en vigencia de este decreto y hasta los montos percibidos al 31 de diciembre de 2023.

 

 

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