22/12/23

Las prepagas anuncian aumentos del orden del 40% para enero

 

 

 

Empresas de medicina prepaga comenzaron a informar este viernes a sus asociados y asociadas aumentos del orden del 40 por ciento en el valor de sus cuotas a partir de enero próximo, a la luz de las decisiones contenidas en el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 del Gobierno nacional.

"Atento a la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y contenida en el DNU Nro. 70/2023 publicado en el Boletín Oficial el día 20 de diciembre del corriente, corresponde informarle que a través del mismo se posibilita la recomposición de los precios de los planes vigentes a los fines de cubrir los desfasajes de costos producidos fundamentalmente en los últimos meses como consecuencia de diversos factores", indica una comunicación de Swiss Medical distribuida este viernes por la mañana.

Allí, se señala que, "se procederá a incrementar el valor de las cuotas del mes de enero del 2024 en un 40 % calculado sobre el valor de la cuota del mes de diciembre de 2023, prorrogando la fecha de vencimiento de la cuota para el día 22 de enero 2024".

"En tal supuesto, dicho incremento incluirá el que le fuese informado en el mes de noviembre próximo pasado", agrega.

Este jueves, tras la publicación del DNU 70/2023 en el Boletín Oficial -cuyo contenido fue anunciado la noche del miércoles por el presidente Javier Milei por cadena nacional- el presidente de Swiss Medical Group, Claudio Belocopitt, señaló que "Los costos iban por el ascensor y las actualizaciones (de las cuotas) por la escalera, lo que generaba un deterioro descomunal. En la Unión Argentina de Salud (UAS) vamos a hacer una reunión en las próximas horas donde nos vamos a juntar para, primero, definir prácticas para salir de una situación que es extremadamente alarmante", señaló el empresario.

Además, sostuvo que "el aumento promedio de atraso para amortiguar parcialmente los impactos va a estar entre 40% y 50% en enero" y consignó que "esa fórmula fue armada para una inflación del 3% mensual y no para una del 25% o 30%" como sucede en la actualidad".

La modificación a la Ley 26.682 -aprobada en 2011- le quita la potestad al Estado de "revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones" y elimina la comisión permanente que regulaba las prepagas que contaba con representantes del Ministerio de Salud y de Economía, al igual que el Consejo Permanente de Concertación que contaban con integrantes ad-honorem de Salud, y entidades representativas de los usuarios y las empresas.

También anula la obligación de las empresas de transferir a los afiliados a otra empresa en el caso de quiebra.

Además de no poder regular los precios, la autoridad de aplicación no tendrá capacidad de fijar los aranceles mínimos obligatorios ni regular los modelos de contratos.

El único criterio que quedará vigente para las cuotas de las prepagas es que haya una variación máxima de tres veces entre el precio diferencial para los planes de la primera y la última franja etaria.

Hasta ahora, los aumentos debían ser autorizados por el Estado en función de criterios de razonabilidad y de variaciones de la estructura de costos de la firma: para ello, desde la administración de Alberto Fernández, se utilizaba un Índice de Costos de Salud que era publicado mensualmente por la Superintendencia de Servicios de Salud, el cual sustituyó los aumentos discrecionales que autorizaba el Poder Ejecutivo en los gobiernos anteriores.

 

 

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