14/05/24

Derogación de la tarjeta azul: qué trámite hay que hacer para manejar un vehículo de un tercero

 

 

 

Este lunes el gobierno nacional oficializó una serie de cambios en cuánto a los documentos necesarios para conducir un auto. En particular, se derogó la tarjeta azul y se estableció que la cédula verde dejará de tener fecha de vencimiento. De esta manera, para manejar un vehículo dentro del territorio nacional, solo será necesario contar con la cédula verde del titular del automóvil.

Estas modificaciones se hicieron oficiales a través de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), publicada en el Boletín Oficial. Para tomar esta decisión, el oficialismo se ampara bajo el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, donde, entre muchas otras cosas, se establece el no vencimiento de las Cédulas de Identificación.

En la publicación del Boletín Oficial, el gobierno expresó que, si bien la tarjeta azul "constituyó un instrumento por el cual el titular de un dominio puede habilitar a un tercero para circular con el vehículo", se trató de una herramienta que "carece de sustento y aplicación prácticos".

Vale aclarar que, aunque ya no serán un requisito obligatorio para circular, las cédulas azules ya expedidas no pierden vigencia hasta que no sean revocadas por quien hizo la solicitud. Por su parte, las cédulas verdes ya expedidas seguirán vigentes, siempre y cuando no haya un cambio en el titular del vehículo, sin importar que figure la fecha de vencimiento en el impreso.

Con la derogación de la cédula azul, para conducir un vehículo de un tercero sólo será necesario contar con la cédula verde del titular. El gobierno explicó que esta documentación se expedirá tanto en formato físico como en digital, y que ambas son válidas. Antes, la digital era sólo un complemento a la física, la cual era obligatoria

La física quedará dentro del Legajo del dominio para el retiro del peticionario que así lo requiera. Por su parte, la cédula de identificación digital estará a disposición del titular a través de la aplicación "Mi Argentina", mediante el "Perfil ciudadano".

Cómo autorizar a un tercero a manejar un auto, luego de la derogación de la tarjeta azul
Con las modificaciones que introdujo el gobierno, la tarjeta azul, documentación que servía como identificación a la hora de conducir un vehículo ajeno, quedó sin efecto y sólo será necesario contar con la cédula verde del titular del automóvil. Esta se expedirá en diferentes trámites, como inscripción Inicial, transferencias, comunicaciones de recupero, cambios de radicación o domicilio, entre otros.

Como se mencionaba anteriormente, la cédula verde se emitirá en formato físico y digital, y sólo el titular registral, el dueño del vehículo, podrá solicitarla. No obstante, el gobierno nacional explicó que los duplicados de esta pueden ser solicitados y expedidos en forma completamente electrónica.

"El titular registral podrá solicitar que su propia cédula sea visualizada en el perfil digital de uno o más terceros determinados", expresó el Ejecutivo en el punto 5 de la Disposición 29/2024.

El titular del vehículo puede solicitar el duplicado de la cédula verde para cualquier persona física o jurídica de manera digital. Los pasos a seguir son:

Ingresar en el sistema integral de trámites electrónicos.

Validarse en el portal de la administración Federal de ingresos públicos (AFIP).

Seleccionar un vehículo sobre el cual se es titular.

Identificar al tercero al que se le quiere duplicar la cédula verde mediante nombre, apellido, CUIT, CUIL o CDI.

Una vez completado estos pasos, la persona autorizada podrá ver desde su perfil de la aplicación "Mi Argentina" la cédula verde del vehículo en cuestión, en el apartado "Mis vehículos".

¿Cuál es la documentación obligatoria para los conductores en Argentina?

Luego de estas modificaciones en los cambios de los requisitos necesarios para los conductores en el territorio nacional, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) pasó en limpio cuáles son los elementos de seguridad y la documentación obligatoria:

Documento Nacional de Identidad (DNI).

Licencia Nacional de Conducir.

Cédula verde (o Cédula azul vigente y autorizada por el titular en caso de no contar con la Cédula verde).

Comprobante de seguro vigente.

Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica

Vehicular (VTV).

Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.

Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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